![Global rules on foreign direct investment](https://www.nortonrosefulbright.com/-/media/images/nrf/nrfweb/knowledge/publications/us_24355_legal-update--fdi-alert.jpeg?w=265&revision=a5124a65-abf9-40e4-8e96-9df39ffdb212&revision=5250068427347387904&hash=96B456347C3246E5649838DF281C5F5D)
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Global rules on foreign direct investment (FDI)
Cross-border acquisitions and investments increasingly trigger foreign direct investment (FDI) screening requirements.
Global | Publication | Enero 2017
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.077 de fecha 18 de enero de 2017, fue publicado el Decreto Nº 2.680 (el “Decreto”), por medio del cual el Presidente de la República exonera del pago del Impuesto sobre la Renta (“ISR”) a los ingresos netos territoriales obtenidos por personas naturales residentes en el país hasta por un monto equivalente a 6.000 Unidades Tributarias (“UT”)1.
La exoneración aplicará para el ejercicio fiscal 2016. En consecuencia, los enriquecimientos netos obtenidos por personas naturales residentes en el país de fuente territorial (como sueldos, salarios y remuneraciones similares) que no excedan las 6.000 UT (Bs. 1.062.000 para el ejercicio fiscal 2016) no estarán sujetos a ISR. Las porción del ingreso neto territorial que exceda las 6.000 UT y los ingresos de fuente extra-territorial estarán sujetos al pago de ISR.
Los contribuyentes que presenten su declaración de ISR fuera del plazo establecido (es decir, después del 31 de marzo de 2016) no tendrán derecho a gozar de la referida exoneración.
Los contribuyentes que hayan sido objeto de retenciones en exceso durante el ejercicio fiscal 2016 tendrán derecho a un crédito fiscal que podrán compensar contra futuras obligaciones tributarias o ceder a terceros. De igual manera, los contribuyentes que hayan presentado su declaración de ISR correspondiente al año 2016 antes de la entrada en vigencia del Decreto tendrán derecho a un crédito fiscal a su favor.
El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial; es decir, a partir del 18 de enero de 2016.
El Decreto no hace mención expresa a la vigencia del Decreto N° 2.266, dictado por el Presidente de la República en marzo de 2016 y en el que se estableció una exoneración de 3.000 UT con respecto a los ingresos de fuente territorial obtenidos por las personas naturales residentes en el ejercicio fiscal 2016. En consecuencia, desde un punto de vista legal no resulta claro si la exoneración de 3.000 UT dictada en marzo de 2016 aún está vigente.
1 El valor actual de la Unidad Tributaria es de Bs. 177.00
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