Este 4 de mayo, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos (el "Decreto").

El Decreto involucra modificaciones al Artículo 59 Bis propuesto en un inicio mediante la iniciativa del Ejecutivo Federal (da click aquí para mayor información sobre la iniciativa del Ejecutivo Federal) y la inclusión de un transitorio adicional. Las modificaciones al Artículo 59 Bis señalan que la suspensión de los permisos previstos en la Ley de Hidrocarburos (tratamiento y refinación de petróleo; el procesamiento de gas natural; la exportación e importación de hidrocarburos y petrolíferos y el transporte; almacenamiento; distribución; compresión; licuefacción; descompresión; regasificación; comercialización; y expendio al público de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos), requerirá notificación previa al permisionario que indique las causas que motivan la suspensión, las razones de su procedencia y las afectaciones que pudieran darse en caso de que las actividades amparadas por el permiso continúen, y prevén un plazo de 15 (quince) días naturales para que el permisionario exponga lo que a su derecho convenga. Si al finalizar el periodo de suspensión, el permisionario no está en condiciones de continuar con sus obligaciones, el permiso será revocado.

El artículo transitorio añadido pretende dar facultades a Comisión Reguladora de Energía ("CRE") y al Servicio de Administración Tributaria, en el ámbito de sus competencias, para verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de medición de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

Por otro lado, el pasado 29 de abril el pleno del Senado aprobó una reforma al Décimo Tercer Transitorio de la Ley de Hidrocarburos con el propósito de dejar sin efectos la facultad otorgada a la CRE para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos y la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos. El dictamen fue enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, con lo que se espera que su publicación en el Diario Oficial de la Federación ocurra en próximas fechas.



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